Provincias podrán conformar regiones autónomas
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((Quito 28-05-08)Los integrantes de la mesa 4 de Ordenamiento Territorial aprobaron ayer 16 artículos, casi seis meses después desde que se instaló la Asamblea Constituyente, en Ciudad Alfaro, el29 de noviembre pasado.
Con lo aprobado se determina el proceso para que las provincias se unan y se conviertan en regiones autónomas.
Se estableció, por ejemplo, que la regionalización se regulará en la Ley Orgánica de Régimen Autonómico y Descentralizado, aunque se determinó en la nueva Carta Magna que la fusión debe darse bajo criterios de “continuidad territorial, población, superficie, complementariedad ecológica y manejo integrado de cuencas”.
También se incluyeron las pautas por seguir para la conformación de las regiones; entre ellas, que los gobiernos provinciales que representen a las provincias que quieran fusionarse deben crear un proyecto de regionalización y un Estatuto de Autonomía Regional.
Ese marco jurídico (estatuto) requerirá el dictamen favorable de la Corte Constitucional (hoy Tribunal Constitucional), que deberá dar un pronunciamiento con fundamento técnico en un plazo de 45 días contados desde que recibe el proyecto.
Luego se deberá convocar a consulta popular para que los ciudadanos de las provincias se pronuncien.
Si la respuesta es favorable, la Función Legislativa tendrá un plazo de 120 días para aprobar el proyecto de estatuto y convertirlo en Ley Orgánica, y en caso de no pronunciarse, “se considerará aprobado por el ministerio de Ley”.
Para negar o archivar el proyecto de estatuto, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.
En el marco jurídico, para crear una región autonómica se deberá especificar por mandato constitucional, “la delimitación de su territorio, sin alterar los límites provinciales vigentes, sus símbolos, los principios que lo fundamentan, la sede de las instituciones que la estructuran, la identificación de bienes, rentas y recursos propios y la enumeración de las competencias exclusivas que asume”.
Las posibles reformas al estatuto requerirán la aprobación de la Función Legislativa mediante Ley Orgánica.
El movimiento PAIS ratificará en la nueva Constitución la división política administrativa vigente, aunque se añadió como parte de la organización territorial a las regiones y circunscripciones territoriales.
Así se estableció que el Estado se organizará territorialmente en parroquias rurales, cantones, distritos metropolitanos, provincias, regiones y circunscripciones territoriales de régimen especial.
Los constituyentes de Pachakutik criticaron que en la nueva Carta Magna no se garantice la creación de un Gobierno Autónomo en las circunscripciones territoriales cuya extensión abarca más de dos cantones y provincias.
Gilberto Guamangate (PK) aplaudió que se incluya la figura de las circunscripciones como estáen la Constitución de 1998, pero dijo que lo aprobado en la mesa solo se queda en dibujarlas en el mapa.
“Queremos que bajo el título de las circunscripciones territoriales especiales se incluya que en esos territorios podrán constituirse gobiernos y que en la Ley se establezcan sus competencias en el marco de mantener la cultura y las tradiciones, porque las obras de infraestructura bien pueden quedar a cargo de las prefecturas o municipios”, refirió. (El Universo)